Fraudes que pueden ocurrir en revisiones repentinas

Fraudes que pueden ocurrir en revisiones repentinas

Tips para evitar fraudes en la revisión de tu instalación de gas

Al dar inicio a la temporada de uso de calefacción y poner en marcha su instalación. Es cuando comienza el fraude por personas que se dedicándose al fraude de instalación del gas, estas personas se hacen pasar por técnicos en instalación de gas oficial de la empresa que presta dicho servicio,  la Asefosam, Asociación de Empresarios de Fontanería,  quiere  prevenir a los usuarios de los “falsos revisores del gas”. Una de las mejores formas de estar prevenidos antes estas estafas es conocer bien en qué consiste la Inspección obligatoria del gas.

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¿En qué consiste la inspección periódica del gas?

El cliente que tiene firmado un contrato suministro de gas (natural o propano) con una compañía distribuidora o comercializadora  de gas también como puede ser Gas Natural, Endesa, Iberdrola, siendo las propias compañías las que tienen que velar por la seguridad y mantenimiento  en periodos de 4 a 5 años.

 Esta revisión se le comunica al cliente por parte de la compañía mediante correo postal dicha revisión se cobrara por medio de la factura de pago correspondiente al siguiente mes, días antes la empresa suministradora  ofrece un comunicado informando sobre el día y la hora de la inspección de igual manera mantienen contacto vía telefónica en caso de que el cliente no pueda tenga inconvenientes el día de la inspección. El técnico es el encargado de realizar la inspección el día y la hora acordada una vez completada procederá a entregar una copia del acta de inspección.

Cabe destacar que en caso de tener un contrato de mantenimiento preventivo con la empresa distribuidora del gas, en ningún momento se debe pagar una vez hecha la inspección ya que el pago será anexado al mes siguiente con la factura del gas, el precio está regulado según cada comunidad y el precio oscila entre los 50 y 70 euros.

Si es un instalador quién realiza la inspección obligatoria del gas

 

Al aprobarse la modificación de la Ley de Hidrocarburos el pasado mes de mayo y aprobada por Real Decreto este pasado mes de octubre (RD 984/2015) se introduce una nueva variable y es que la inspección periódica obligatoria podrá ser realizada, no sólo por la Compañía Distribuidora, sino por cualquier empresa instaladora de gas autorizada.

Consejos prácticos

Tanto desde ASEFOSAM como desde la OCU,es recomendable  no dejar entrar a nadie que no esté identificado ni que diga que proviene de una empresa distribuidora si no hay aviso en el portal de que la inspección se va a realizar.

 

Es el usuario quién elige cuándo y con quién (empresa distribuidora o empresa instaladora) quiere realizar la inspección.